Petición o Derecho de Petición:
Es aquel derecho que tiene toda colaborador de la ESE HUS para solicitar
o reclamar ante
la ESE HUS por razones de interés general o interés particular, para elevar solicitudes respetuosas de
información y/o
consulta y para obtener pronta resolución de las mismas. Los lineamientos para el trámite de Peticiones serán
los mismos
que contemple la Ley 1755 de 2015.
Queja: Es la expresión de insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o
colaboradores de la
ESE HUS que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta. (Las quejas deben ser resueltas,
atendidas o
contestadas dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación). Los términos para una
queja
disciplinaria se tratan conforme a la Ley 734 de 2002.
Reclamo: Es la expresión de insatisfacción referida a la prestación de un servicio interno o la
deficiente atención de
un proceso, es decir, es una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o
amenazado,
ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio. (Los reclamos deben ser
resueltos,
atendidos o contestados dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación).
Sugerencia: Son las recomendaciones y propuestas de cambio respecto de actividades internas que
desarrollen los procesos
de la ESE HUS o la insinuación de mejoramiento de los procedimientos institucionales. Cualquier expresión de
recomendación entregada por el cliente interno, que tiene por objeto mejorar el servicio que se presta en cada
una de
los procesos de la ESE HUS, racionalizar el empleo de los recursos o hacer más participativa la gestión pública.
(En un
término de diez (10) días se informará sobre la viabilidad de su aplicación).
Felicitación: Es el reconocimiento otorgado a la institución o al colaborador de la ESE HUS por la
atención brindada en
condiciones de trato humanizado y la ejecución eficiente de las labores.